El Juzgado de Instrucción número 2 de Ferrol ha puesto punto final a la investigación contra Alfonso Villares, exconselleiro de la Xunta de Galicia del Partido Popular, al no encontrar evidencias que sustenten la denuncia por agresión sexual presentada por la presentadora y modelo Paloma Lago. La resolución judicial, hecha pública este lunes por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG), pone de manifiesto la falta de indicios que justifiquen la continuación del procedimiento contra el expolítico gallego.
La instructora, la juez Sara Vega, ha decidido concluir las diligencias de investigación ordenadas en los últimos meses y ha acordado que no ha lugar al procesamiento de Villares. Esta decisión llega apenas días después de que se levantara el secreto de sumario, una medida que se mantenía desde la interposición de la denuncia en diciembre de 2024 debido a la gravedad de los hechos presuntamente investigados.
El caso, que ha generado una importante expectación mediática en Galicia, se originó el pasado 27 de diciembre de 2024 en la localidad de Covas, Ferrol. Según la versión inicial, Lago denunció haber sufrido una presunta agresión sexual en un contexto de sumisión química, situación que habría ocurrido en su propia vivienda tras un desvanecimiento mientras se encontraba en compañía del exconselleiro.
La investigación policial inicial parecía apuntar hacia esta hipótesis tras la declaración de la denunciante, quien manifestó haberse despertado aturdida y mareada sin recordar con claridad los sucesos. Sin embargo, el caso experimentó un giro radical cuando se conocieron los resultados del informe toxicológico practicado a Paloma Lago el mismo día de los hechos.
Los análisis forenses descartaron rotundamente la presencia de cualquier sustancia compatible con la sumisión química, así como tampoco detectaron rastros de alcohol en el organismo de la denunciante. Este documento científico se convirtió en un elemento determinante para el devenir de la investigación, desmontando la principal hipótesis sobre la que se había construido la acusación.
El procedimiento judicial ha seguido la vía del sumario, reservada para delitos de mayor gravedad, lo que implica que la decisión de archivo no es definitiva hasta que no sea ratificada por la Audiencia Provincial. Esta instancia superior deberá revisar la resolución del juzgado de instrucción y confirmar o rechazar el archivo de la causa.
Además, tanto la Fiscalía como la defensa de Paloma Lago disponen de un plazo para interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. Esta posibilidad mantiene abierta una pequeña ventana procesal, aunque las fuentes jurídicas consultadas consideran improbable que se revierta la decisión dado el escaso respaldo probatorio existente.
La fase de prueba testifical se desarrolló a mediados de diciembre de 2024, cuando tanto la denunciante como el denunciado prestaron declaración ante la juez instructora. En esa misma sesión también comparecieron varios familiares de la presentadora, residentes en una vivienda colindante a la de Lago en Covas.
Un detalle relevante de la investigación fue que fue precisamente Alfonso Villares quien alertó a los familiares de Paloma Lago sobre su desvanecimiento, hecho que los investigadores tuvieron en cuenta durante la instrucción del caso. Esta circunstancia, unida a la ausencia de evidencias físicas o químicas, ha pesado en la decisión final del juzgado.
El exconselleiro, que ocupó responsabilidades en el Gobierno gallego del Partido Popular, ha mantenido desde el primer momento su inocencia, colaborando en todo momento con la investigación judicial. Su defensa ha valorado positivamente la resolución, considerando que pone fin a una situación de indefensión que se prolongó durante varias semanas.
Por su parte, el entorno de Paloma Lago no ha realizado declaraciones oficiales tras conocerse el archivo de la causa. La presentadora, conocida por su trayectoria en el mundo de la televisión y la moda, interpuso la denuncia el pasado mes de diciembre, generando una importante repercusión mediática que ha acompañado todo el proceso judicial.
La resolución judicial subraya la importancia de la prueba científica en este tipo de investigaciones, donde las acusaciones de agresión sexual con sumisión química requieren un respaldo forense sólido para poder progresar en la vía penal. La ausencia de sustancias en el organismo de la denunciante, unida a la falta de otros indicios consistentes, ha resultado insuficiente para mantener la imputación contra el exconselleiro.
Desde el punto de vista procesal, el caso ilustra las diferencias entre el procedimiento abreviado y el sumario. Si bien el primero es habitual en delitos de menor gravedad, la naturaleza de la acusación inicial hizo necesario adoptar la vía del sumario, con mayores garantías pero también con mayor complejidad y duración.
La decisión del Juzgado de Instrucción de Ferrol se suma a la lista de causas que quedan archivadas por falta de pruebas, un resultado que, aunque beneficioso para el investigado, pone de manifiesto la complejidad de las investigaciones en materia de agresiones sexuales, donde la presunción de inocencia y el derecho a la tutela judicial efectiva deben equilibrarse con la protección de las víctimas.
El TSXG ha informado oficialmente del cierre de la instrucción, detallando que la juez ha dado por finalizadas las diligencias pendientes y ha procedido al levantamiento del secreto de sumario, permitiendo así el acceso a las partes al contenido completo de la investigación.
La causa pasará ahora a la Audiencia Provincial, que deberá resolver sobre el archivo en los próximos días. Hasta que no se produzca esta confirmación, la resolución no adquirirá firmeza, aunque las fuentes consultadas no anticipan cambios en la decisión adoptada por el juzgado de primera instancia.
El caso ha concluido, al menos en esta fase, sin que se haya podido acreditar la existencia de los hechos denunciados. La investigación policial y judicial ha agotado todas las líneas de pesquisa disponibles, incluyendo la prueba toxicológica, las declaraciones testificales y el análisis de las circunstancias concurrentes en la fecha de los supuestos hechos.
La rápida resolución del sumario, en apenas dos meses desde la denuncia, demuestra la celeridad con la que ha actuado el juzgado ferrolano, evitando una prolongación innecesaria de una investigación que no ha arrojado resultados concluyentes. Esta diligencia procesal beneficia tanto al investigado, que ve cerrada la causa, como al sistema judicial, que evita la acumulación de procedimientos sin fundamento.
En definitiva, la justicia gallega ha puesto fin a una de las investigaciones más mediáticas de los últimos meses, dejando claro que sin indicios sólidos no puede prosperar una acusación penal, independientemente de la notoriedad de las partes involucradas. La presunción de inocencia y la necesidad de pruebas fehacientes han sido los pilares sobre los que se ha sustentado esta resolución judicial.