Garzón cuestiona la condena del fiscal: 'Se le juzgó sin pruebas'

El exmagistrado de la Audiencia Nacional critica la sentencia contra Álvaro García Ortiz y denuncia irregularidades en el Tribunal Supremo

El exmagistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, figura controvertida de la judicatura española, ha expresado duras críticas contra la reciente sentencia que condenó al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. En una entrevista exclusiva, Garzón no duda en afirmar que el proceso judicial careció de fundamentos probatorios sólidos y se sustentó en meras especulaciones.

Con 70 años y una trayectoria que incluye los casos más sonados de la última década, Garzón conoce bien los mecanismos del Tribunal Supremo. Hace trece años, él mismo fue condenado a once años de inhabilitación por autorizar las escuchas telefónicas en la trama Gürtel. Una decisión que, cuatro años atrás, el Comité de Derechos Humanos de la ONU calificó como arbitraria. Ahora, desde su despacho de abogado, donde defiende a clientes como Julian Assange, observa con preocupación un escenario que le resulta demasiado familiar.

El lenguaje de la conjetura

El núcleo de las críticas de Garzón se centra en la redacción de los hechos probados en la sentencia. El documento judicial emplea expresiones como "habría obtenido", "tuvo que ser" o "se infiere de", un recurso lingüístico que la Nueva Gramática denomina condicional de conjetura. Para el exmagistrado, este tipo de formulaciones no tiene cabida en una resolución penal.

"Inferir es presumir, y aquí no existe una base fáctica que sustente esas afirmaciones", explica Garzón. La sentencia sugiere que el fiscal actuó de determinada manera sin aportar evidencias directas. Peor aún: cuando se menciona que "tuvo que ser él o un colaborador", se incurre en una grave indefinición. "Si hablas de un colaborador, ese sujeto debe estar identificado y procesado. No puedes condenar a alguien basándote en hipótesis sobre terceras personas desconocidas", argumenta.

El voto particular de las magistradas que disintió del fallo ya alertó sobre estas mismas deficiencias, calificando los argumentos de mera sospecha. Garzón coincide plenamente con esa visión: "Cuando existen dudas y diferentes opciones, no puedes elegir la más perjudicial para el acusado, y menos si es artificial, como señalan las magistradas".

Testimonios desestimados y lagunas procesales

Otro punto que el exmagistrado destaca como irregular es el tratamiento de los testimonios de los periodistas implicados. Durante el juicio, los profesionales de los medios declararon rotundamente que el fiscal general no había sido su fuente. Sin embargo, la sentencia desestimó estas declaraciones sin aportar un contrapeso probatorio que las invalidara.

"Los periodistas dijeron: 'No ha sido el fiscal general'. Si no te los crees, tienes que deducirles testimonio. ¿Qué prueba se presentó para anular lo que declararon?", cuestiona Garzón. Esta omisión, a su juicio, constituye una de las lagunas muy graves del proceso.

El exmagistrado insiste en que la discrepancia entre el voto particular y la sentencia mayoritaria no es una simple cuestión de matices, sino una fractura total. "Hay dos visiones totalmente contrapuestas: una comprensible y otra inverosímil. El voto discrepante es coherente con lo que vimos en el juicio, mientras que la condena choca frontalmente con esa realidad".

El bulo que originó todo

Garzón no se limita a criticar la sentencia, sino que cuestiona los cimientos mismos del proceso. La causa nació de una información falsa difundida por Miguel Ángel Rodríguez, entonces jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Rodríguez acusó a la Fiscalía de frustrar un acuerdo con el novio de Ayuso, denunciado por defraudar a Hacienda, "por órdenes de arriba".

"El bulo de Miguel Ángel Rodríguez era una calumnia y no entiendo por qué no se persiguió de oficio ese delito", afirma tajante Garzón. Según su interpretación, el fiscal tenía la obligación legal de investigar esa falsedad, ya que constituía un delito de calumnia contra el Ministerio Fiscal.

La sentencia, paradójicamente, termina reprochando al fiscal general no haber guardado silencio sobre ese correo, cuando su deber era justamente actuar contra la difamación. "La sentencia invierte la carga de la prueba. Le dice al acusado que tenía que haber guardado el secreto sobre una comunicación que era claramente delictiva", denuncia.

Deja vu judicial

Las palabras de Garzón no son solo una crítica técnica, sino que surgen de una experiencia personal dolorosa. "Imagino cómo se siente García Ortiz. Su proceso me recuerda al mío", confiesa. Ambos casos comparten elementos: condenas por parte de la Sala Segunda del Supremo, cuestionamientos internacionales y la sensación de haber sido juzgados por motivaciones que trascienden lo estrictamente legal.

El exmagistrado describe la Sala Segunda del Tribunal Supremo como el órgano más poderoso del país, una instancia cuyas decisiones tienen un impacto trascendental pero que, en ocasiones, opera con escasa transparencia. Su propia condena, luego cuestionada por Naciones Unidas, le convierte en un observador privilegiado, aunque no imparcial, de los vaivenes de la justicia española.

El contexto actual

Garzón ejerce actualmente como abogado en casos de alto perfil internacional. Entre sus clientes figura Julian Assange, fundador de Wikileaks, cuya defensa le ha valido una causa abierta por presunto espionaje. La Fiscalía española solicita para él 13 años de cárcel en ese proceso, lo que añade una capa de complejidad a sus declaraciones.

Su posición le permite analizar el caso García Ortiz desde una doble perspectiva: la del juez que conoce los entresijos del sistema y la del abogado que defiende a acusados en procesos politicamente sensibles. "Acatando la sentencia, discrepo absolutamente de ella", reitera, marcando una distancia respecto a la autoridad judicial mientras reconoce su obligatoriedad.

Implicaciones para el sistema

Las críticas de Garzón apuntan a problemas sistémicos más allá de un caso concreto. El uso del condicional de conjetura, la desestimación de testimonios sin contrapruebas, la no persecución de delitos previos y la inversión de la carga de la prueba son, según él, síntomas de una deriva preocupante.

"Cuando una sentencia se construye sobre presunciones y no sobre hechos, el derecho penal pierde su fundamento. La presunción de inocencia queda vacía de contenido", advierte. Su llamamiento, implícito pero claro, es a una revisión de los métodos y los criterios que guían a la Sala Segunda en sus decisiones más controvertidas.

El exmagistrado concluye señalando que la confianza en la justicia no se construye con sentencias contundentes, sino con sentencias justas. Y una sentencia justa, en su opinión, no puede basarse en lo que "habría" o "debió ser", sino en lo que se demuestra más allá de toda duda razonable.

Referencias

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