El año 2025 marca un antes y un después en la gestión de las devoluciones del IRPF para antiguos mutualistas. La Agencia Tributaria ha puesto en marcha un sistema más ágil que ha permitido el reembolso de miles de millones de euros a pensionistas que durante décadas vieron cómo sus aportaciones a mutualidades laborales no recibían el mismo trato fiscal que las cotizaciones a la Seguridad Social.
Este cambio de ritmo responde a una demanda histórica que se arrastra desde finales del siglo XX. Antes de la integración completa en el sistema de pensiones público, millones de trabajadores españoles cotizaban a mutualidades laborales como alternativa o complemento a la Seguridad Social. Estas entidades, muchas de ellas vinculadas a sectores específicos como la banca, la construcción o el comercio, prestaron un servicio esencial para la cobertura de contingencias de sus afiliados. Sin embargo, sus aportaciones nunca contaron con los beneficios fiscales que sí disfrutaron las cuotas ordinarias a la Seguridad Social, generando una discriminación tributaria que el Tribunal Supremo ha ido corrigiendo a través de varias sentencias pioneras que datan desde 2018.
El resultado fue una oleada masiva de reclamaciones que colapsó el sistema administrativo durante años. La complejidad del proceso, sumada al volumen de expedientes que superó el millón de casos, provocó retrasos de hasta tres años, modificaciones constantes en los procedimientos e incluso una paralización temporal en 2023 que obligó a rediseñar completamente el mecanismo de devolución. Muchos pensionistas vieron cómo sus solicitudes quedaban en un limbo administrativo sin respuesta clara, generando incertidumbre y frustración.
La solución llegó con una reforma normativa aprobada en diciembre de 2024 que simplifica radicalmente el proceso. Ya no es necesario reclamar año tras año durante múltiples ejercicios fiscales, lo que suponía presentar hasta cuatro declaraciones complementarias diferentes. Ahora, el contribuyente puede solicitar el reembolso acumulado en una única solicitud, abarcando todo el período comprendido entre 2019 y 2022, además de años anteriores que no hayan prescrito. Este cambio reduce el papeleo un 75% y acelera la resolución, pasando de 18 meses de media a menos de 6.
La digitalización ha sido clave en esta transformación. La sede electrónica de la Agencia Tributaria y la plataforma Renta Web incorporan ahora secciones específicas para estas reclamaciones. Los ciudadanos encuentran formularios simplificados, preguntas frecuentes actualizadas y guías paso a paso que eliminan la necesidad de presentar escritos complejos o navegar por laberintos burocráticos. El tiempo medio de cumplimentación ha pasado de 45 minutos a menos de 15, y el sistema valida automáticamente los datos con la base de históricos de cotización.
Los números hablan por sí solos. Entre agosto y octubre de 2025, la Agencia Tributaria ha devuelto 2.350 millones de euros a pensionistas de antiguas mutualidades. Esta cifra refleja el IRPF abonado en exceso durante el período 2019-2022 y demuestra el compromiso de agilizar una deuda histórica con los contribuyentes. Se han resuelto más de 800.000 expedientes, con un ritmo de 50.000 pagos semanales que se mantendrá hasta finales de año.
Sin embargo, no todos los afectados están en la misma situación. Existen tres perfiles diferenciados: quienes ya presentaron su solicitud con éxito y han recibido el pago, quienes usaron formularios obsoletos que posteriormente quedaron sin efecto y deben rehacer el trámite, y quienes aún no han iniciado el proceso. Por este motivo, resulta fundamental que cada persona revise su caso particular antes de que finalice el año y se agoten los plazos.
Para comprobar el estado de una reclamación, el primer paso es acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria con el DNI electrónico, Cl@ve o certificado digital. Una vez dentro, la sección de "Devoluciones IRPF Mutualistas" muestra si la solicitud está registrada y en qué fase se encuentra: admisión, instrucción, propuesta de resolución o pago. Si no aparece registro, es necesario presentarla usando el formulario actualizado, disponible en el apartado "Servicios y Trámites" con referencia modelo 900.
Los plazos son otro aspecto que genera dudas. La solicitud puede presentarse en cualquier momento del año, sin esperar a la campaña de la Renta. No obstante, conviene actuar con celeridad porque los derechos fiscales prescriben a los cuatro años. Esto significa que las aportaciones de 2021 podrían prescribir en 2025 si no se reclaman antes del 31 de diciembre. Para 2022, el plazo vence en 2026, creando una ventana estrecha de oportunidad.
Los requisitos para beneficiarse son claros: haber cotizado a una mutualidad laboral antes de su integración en la Seguridad Social y haber percibido una pensión de la misma. La documentación necesaria incluye el certificado de la mutualidad que acredite las aportaciones y el IRPF declarado durante los años reclamados. También es útil disponer de las declaraciones de la renta de los ejercicios correspondientes para facilitar la verificación automática.
Una vez presentada la solicitud, el plazo de resolución legal es de seis meses. Si transcurre este tiempo sin respuesta explícita, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo, lo que permite recurrir directamente a la vía contencioso-administrativa sin necesidad de esperar más. Aunque con la nueva agilidad, la mayoría de las resoluciones se están notificando en un plazo de tres a cuatro meses, y el pago se ejecuta en las siguientes 72 horas mediante transferencia bancaria.
El impacto económico para el pensionista medio supera los 3.000 euros, aunque la cantidad exacta depende de las aportaciones realizadas y del tramo impositivo de cada ejercicio. Algunos casos excepcionales alcanzan cifras de hasta 15.000 euros cuando se acumulan varios años de tributación indebida. La devolución incluye intereses legales al 3,75% anual desde el pago indebido, lo que incrementa significativamente el importe final.
La lección de este proceso es que la persistencia de los afectados y las sentencias del Tribunal Supremo han forzado a una administración más eficiente y digital. Ahora corresponde a los potenciales beneficiarios aprovechar esta ventana de oportunidad antes de que prescriban sus derechos. La clave está en la revisión personal y la presentación oportuna de la solicitud, sin dejarse llevar por la desinformación o la inacción.