Madrid aprueba jornada partida en colegios públicos para mejorar rendimiento

La nueva normativa permite a los centros de Infantil, Primaria y Educación Especial organizar el horario en dos sesiones con pausa de dos horas, priorizando la conciliación familiar.

La Comunidad de Madrid ha dado luz verde a una nueva regulación que establece la jornada partida como modalidad predominante en los centros educativos públicos de Infantil, Primaria y Educación Especial. Esta decisión, ratificada por el órgano ejecutivo regional, busca potenciar el aprovechamiento educativo del alumnado, facilitar la compatibilización de la vida laboral y familiar, y otorgar mayor autonomía a las familias madrileñas en la elección del horario escolar.

El marco legal aprobado determina que el horario lectivo se estructure, en principio, en dos periodos diferenciados -matutino y vespertino- con una pausa intermedia de dos horas. No obstante, la normativa contempla la opción de conservar la jornada intensiva durante los meses de septiembre y junio, períodos donde esta modalidad ha mostrado tradicionalmente mayor aceptación. De esta forma, los centros públicos que así lo decidan podrán iniciar el trámite para modificar su calendario escolar hacia el horario partido, un proceso que la administración regional ha simplificado para permitir que el colectivo educativo y las familias puedan activar esta medida de forma ágil y cumpliendo todos los requisitos legales.

El procedimiento de cambio requiere que la propuesta surja, como mínimo, de un tercio de los miembros del Consejo Escolar del centro, órgano de gobierno integrado por representantes de padres, profesorado, personal de administración y servicios, y el ayuntamiento. La iniciativa debe someterse a consulta tanto al claustro de profesores como a este órgano de participación, así como a las propias familias. Posteriormente, se celebrará una votación, que podrá desarrollarse de forma presencial o digital, donde será necesario obtener más del 50% de los sufragios a favor para que la propuesta prospere.

Una vez verificados los resultados, el presidente del Consejo Escolar comunicará el desenlace al claustro y a los integrantes del órgano, mientras que el director del centro remitirá la solicitud a la Dirección Territorial correspondiente. Será el responsable de esta última quien autorice el cambio, siempre con el visto bueno previo de la Inspección Educativa y atendiendo a criterios de organización, pedagogía y compatibilización familiar. Todo el procedimiento debe completarse con anterioridad al 15 de marzo de cada año, plazo establecido para que los centros puedan adoptar las medidas necesarias e implementar la jornada partida en el próximo año académico.

Es importante destacar que aquellos centros que ya contaran con el horario continuado aprobado antes de la entrada en vigor de esta nueva disposición tendrán la posibilidad de mantenerlo, sin necesidad de someterse a este nuevo proceso. Esta cláusula de excepción garantiza la estabilidad de los centros que ya habían optado por esta modalidad y evita perturbaciones innecesarias en su funcionamiento.

La medida responde a una demanda histórica de numerosas familias y asociaciones educativas que ven en la jornada partida una fórmula más acorde con los ritmos de aprendizaje infantil y que permite una mejor organización de la jornada. Los defensores de esta modalidad argumentan que la interrupción de dos horas favorece que los niños descansen y coman en casa, lo que repercute positivamente en su atención y rendimiento académico durante la segunda sesión del día.

Además, la flexibilidad horaria facilita la conciliación familiar de las familias que pueden ajustar sus horarios laborales a esta estructura, especialmente en el caso de aquellos progenitores con jornadas partidas en su propio empleo. La normativa también amplía la capacidad de elección, ya que no impone un modelo único sino que permite a cada centro decidir en función de sus características específicas y de la voluntad de su comunidad educativa.

Desde el punto de vista pedagógico, diversos estudios señalan que la fragmentación de la jornada escolar con un descanso prolongado puede beneficiar a los estudiantes de edades tempranas, cuya capacidad de atención sostenida es más limitada. La posibilidad de comer en casa y disponer de tiempo para actividades de ocio o descanso reduce el estrés y mejora el clima emocional del alumnado.

La implementación de esta regulación supone un paso significativo en la descentralización de la gestión educativa, al transferir la decisión final a los órganos de participación de cada centro. Este enfoque democrático reconoce la autonomía de los colegios y la importancia de consensuar las decisiones que afectan directamente a la vida diaria de estudiantes y familias.

No obstante, la medida también plantea desafíos logísticos para aquellas familias que no disponen de flexibilidad laboral o que viven a mayor distancia del centro educativo, ya que el horario partido requiere recoger a los niños durante el intervalo. Para paliar esta situación, se espera que los ayuntamientos y la propia Comunidad de Madrid refuercen los servicios de transporte escolar y las actividades de medio día en los propios centros.

La normativa entra en vigor con la voluntad de equilibrar las necesidades educativas, familiares y organizativas, ofreciendo un marco claro y participativo para la toma de decisiones. La clave del éxito de esta iniciativa radicará en la implicación activa de las familias y el profesorado en los procesos de consulta y votación de cada centro, así como en el apoyo institucional para garantizar que la transición se realice con los recursos necesarios.

Con esta reforma, Madrid se suma a otras comunidades autónomas que ya han adoptado la jornada partida como opción preferente, consolidando una tendencia que prioriza el bienestar del alumnado y la adaptación del sistema educativo a las realidades sociales contemporáneas. La medida, lejos de ser una imposición, representa una oportunidad para que cada comunidad escolar elija el modelo que mejor se ajuste a sus circunstancias, siempre bajo criterios de calidad educativa y conciliación.

Referencias

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