Jueza pide imputar a Mazón por negligencia en la DANA: la sobremesa mientras Valencia ardía

La magistrada Nuria Ruiz Tobarra envía al TSJCV una exposición de 109 páginas con indicios penales contra el expresidente por su inacción durante las horas críticas de la catástrofe del 29-O

La magistrada Nuria Ruiz Tobarra ha presentado una exposición razonada de 109 páginas al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) solicitando la imputación del expresidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, por su gestión durante la tragedia de la DANA del 29 de octubre de 2024. Esta decisión judicial, que ha sorprendido a las partes implicadas, se fundamenta en la presunta negligencia del exmandatario durante las horas críticas de la catástrofe que causó 230 víctimas mortales.

El documento judicial desmonta la principal defensa de Mazón: su supuesta falta de competencias para asumir el control operativo de la emergencia. Según la jueza, el expresidente no solo tenía las facultades necesarias, sino que incurrió en una voluntaria ajenidad que se prolongó durante casi seis horas, desde las 14:30 hasta las 20:28 horas, cuando finalmente se presentó en el Centro de Coordinación Operativa (Cecopi).

La magistrada establece tres pilares en los que sustenta su petición: la tardía activación del Cecopi, el retraso en la emisión de alertas a la población y la negligencia personal del presidente de la Generalitat. Este último punto se centra en el periodo en que Mazón permaneció ajeno a la gestión de la crisis, mientras la DANA devastaba la Comunidad Valenciana.

Uno de los episodios más controvertidos que la jueza considera relevantes desde el punto de vista penal es la comida y la posterior sobremesa que el expresidente mantuvo con la periodista Maribel Vilaplana. Este hecho, que ya había trascendido públicamente, adquiere ahora una dimensión jurídica al ser calificado como un indicio de negligencia en un contexto de emergencia nacional.

La cronología de los hechos resulta determinante en el razonamiento judicial. A las 14:30 horas, cuando ya las intensas lluvias causaban estragos, Mazón no había asumido aún el mando. La situación empeoró progresivamente sin que el máximo responsable político interviniera directamente. Fue pasadas las ocho de la tarde, a las 20:28 horas, cuando el expresidente llegó al Cecopi, momento en el que, según la jueza, "el resultado mortal y lesivo se habían producido en su práctica totalidad".

No obstante, la magistrada matiza que incluso después de su llegada se registraron más fallecimientos, especialmente en Sot de Chera, lo que no exime su responsabilidad por los decesos anteriores pero amplía el periodo bajo examen.

La decisión de la jueza Ruiz Tobarra llega después de que, el pasado 23 de diciembre de 2024, el TSJCV rechazara investigar a Mazón al inadmitir las querellas presentadas contra él. En aquella ocasión, el tribunal avaló el criterio de la Fiscalía, que argumentó que el momento procesal era demasiado inicial para abrir una investigación contra un aforado.

Sin embargo, tras año y medio de instrucción, el panorama ha cambiado sustancialmente. La investigación ha generado indicios sólidos sobre la falta de protección a la población por parte del Consell, según destaca la magistrada en su escrito.

El contexto de esta petición es especialmente significativo. Durante la declaración de un asesor del Partido Popular como testigo, la defensa del exresponsable de Emergencias, Emilio Argüeso -también investigado junto con la exconsellera Salomé Pradas-, protestó porque todas las preguntas versaban sobre Mazón, quien hasta ahora permanecía al margen de la causa.

La estrategia defensiva de Argüeso y Pradas ha consistido en argumentar que las decisiones operativas dependían de la máxima autoridad política, es decir, del presidente de la Generalitat. Esta línea de defensa, que buscaba diluir responsabilidades, ha terminado por focalizar la atención judicial precisamente en el liderazgo de Mazón.

La jueza deja claro en su auto que la competencia presidencial no era solo teórica. El expresidente tenía facultades constitucionales y estatutarias para coordinar la respuesta ante una emergencia de esta magnitud y, por tanto, la obligación de actuar con diligencia.

Si el TSJCV admite la exposición razonada y decide imputar a Mazón, la causa pasará automáticamente al tribunal superior, quedando la jueza Ruiz Tobarra fuera de la investigación por razones de aforamiento. Este trámite, aunque técnico, representaría un paso cualitativamente distinto en la investigación, al situar al expresidente en el centro del foco judicial.

La dimisión de Mazón el 3 de noviembre de 2024, apenas cinco días después de la DANA, ya generó numerosas especulaciones políticas. Aunque mantuvo su acta de diputado autonómico, su salida del gobierno se interpretó como una forma de anticiparse a las responsabilidades políticas que podían derivarse de la gestión de la crisis.

Desde el punto de vista jurídico, la petición de imputación se basa en el tipo penal de negligencia grave con resultado de muerte. La jueza considera que la inacción de Mazón durante las horas críticas no fue una mera falta de diligencia, sino una omisión consciente en un contexto de extremo peligro para la población.

El documento judicial también hace referencia a la alerta tardía enviada a la población. Mientras en otras comunidades autónomas los sistemas de aviso temprano se activaron con celeridad, en Valencia la población permaneció desinformada durante horas cruciales, lo que contribuyó al elevado número de víctimas.

La investigación ha puesto de manifiesto que el Cecopi, el órgano de coordinación de emergencias, no fue convocado con la premura que exigía la situación meteorológica. Los protocolos establecidos para situaciones de riesgo extremo no se activaron hasta que la tragedia ya era inevitable.

La jueza Ruiz Tobarra ha demostrado una independencia judicial que ha sido aplaudida por las asociaciones de víctimas y las acusaciones populares. Su instrucción minuciosa ha desmontado las excusas administrativas y ha llegado hasta la máxima autoridad política.

El caso plantea un precedente importante sobre la responsabilidad política en emergencias. La doctrina que se establezca podría afectar futuras gestiones de crisis y definir con mayor claridad los límites entre la responsabilidad técnica y la política.

Mientras tanto, las familias de las víctimas continúan esperando justicia. Para muchas de ellas, la imputación de Mazón representa un paso necesario para esclarecer las causas de la tragedia y evitar que hechos similares se repitan en el futuro.

El TSJCV tiene ahora en sus manos una decisión de gran calado político y social. Admitir la imputación significaría someter a un expresidente autonómico a un proceso penal por negligencia en la gestión de una catástrofe, algo sin precedentes recientes en España.

La exposición razonada de la jueza no solo busca responsabilidades individuales, sino que también pone de relieve fallos estructurales en el sistema de protección civil valenciano. La falta de coordinación, la escasa preparación para eventos extremos y la cultura de minimizar riesgos son problemas que trascienden a una sola persona.

Sin embargo, la responsabilidad política última recae siempre en quien ostenta el poder ejecutivo. La jueza argumenta que Mazón, conociendo la gravedad de la situación por los informes meteorológicos, decidió no intervenir, lo que constituye el núcleo de la presunta negligencia.

El futuro inmediato de la causa depende de la decisión del TSJCV. Si admite la imputación, se abrirá una nueva fase procesal con un tribunal diferente. Si la rechaza, la investigación continuará centrada en los responsables técnicos y políticos de segundo nivel.

Lo que está claro es que la instrucción de la jueza Ruiz Tobarra ha marcado un antes y un después en la investigación de la DANA. Su determinación ha llevado la causa hasta las más altas instancias políticas, cumpliendo con el deber de esclarecer la verdad y buscar justicia para las víctimas.

Referencias